Los trabajadores domésticos en Colombia también tienen derecho al pago de la prima de servicios, una prestación laboral que debe ser reconocida por los empleadores sin importar si la persona trabaja tiempo completo o solo algunos días a la semana.
Este beneficio está contemplado en la Ley 1788 de 2016, que incluyó al servicio doméstico dentro de las obligaciones laborales relacionadas con la prima. La prestación equivale a un salario adicional al año, pagado en dos partes: una en junio y otra en diciembre.
Para 2026, el salario mínimo mensual fue fijado en 1.750.905 pesos. Con base en ese valor, una trabajadora doméstica que gane el mínimo y labore todo el semestre tiene derecho a recibir en junio una prima aproximada de 875.452 pesos.
La fórmula general para calcular esta prestación es multiplicar el salario mensual por los días trabajados y dividir el resultado entre 360. En el cálculo se deben incluir los pagos que constituyen salario, como el sueldo básico, el auxilio de transporte cuando aplique, horas extras, recargos habituales y comisiones recurrentes.
Cuando la trabajadora no ha laborado todo el semestre, el pago debe hacerse de manera proporcional. Por ejemplo, si inició labores en abril y acumuló 60 días de trabajo hasta junio, el cálculo sería 1.750.905 pesos multiplicado por 60 y dividido entre 360, lo que arroja una prima aproximada de 291.817 pesos.
En el caso de las empleadas domésticas que trabajan por días, el cálculo parte del valor diario del salario. Si se toma como referencia el salario mínimo de 2026, el valor diario corresponde a 58.363 pesos, resultado de dividir 1.750.905 entre 30 días.
Si una persona trabaja un día a la semana y acumuló 21 días laborados durante el semestre, su ingreso base sería de 1.225.623 pesos. Sobre ese valor, la prima correspondería a la mitad, es decir, cerca de 612.811 pesos.
Los empleadores deben tener presente que el pago de la prima no es opcional. El incumplimiento puede generar reclamaciones laborales, sanciones e incluso indemnizaciones si el contrato finaliza y no se han pagado las prestaciones correspondientes.
La ley permite que el trabajador reclame el pago de esta obligación hasta tres años después de que sea exigible. Por eso, expertos laborales recomiendan llevar cuentas claras de los días trabajados, el salario pactado y los pagos realizados, especialmente en los contratos por días.
Con esta obligación, el país busca reducir la informalidad en el trabajo doméstico y garantizar que quienes se dedican a labores del hogar reciban las prestaciones sociales reconocidas por la legislación laboral colombiana.





