El futuro de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrió un nuevo capítulo de discusión en el Congreso. La Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate el Proyecto de Acto Legislativo 018 de 2026, presentado por el senador Enrique Gómez Martínez, del partido Salvación Nacional, que propone establecer marzo de 2028 como fecha límite para el funcionamiento de esta jurisdicción.
La iniciativa busca modificar el periodo previsto para la justicia transicional, creada en el marco del Acuerdo de Paz de 2016 con las antiguas Farc. Actualmente, el esquema contempla un periodo de funcionamiento de diez años para la investigación y cinco años adicionales destinados al cierre judicial, los juicios y la definición de responsabilidades. Con la reforma, todas las funciones de la JEP tendrían que concluir en marzo de 2028.
El proyecto también plantea un régimen de transición para que los procesos que no hayan terminado sean asumidos por la justicia ordinaria, bajo condiciones que deberán definirse durante el trámite legislativo. Su aprobación en la Comisión Primera representa apenas el primer paso de los ocho debates que requiere una reforma constitucional para convertirse en norma.
La JEP advierte riesgos para las víctimas
Tras conocer el avance de la iniciativa, la JEP expresó su preocupación por las consecuencias de establecer un cierre definitivo sin garantizar que todos los procesos judiciales hayan concluido. Según la jurisdicción, la propuesta reduciría en cinco años el tiempo previsto para la etapa de juzgamiento, imposición de sanciones y definición de la situación jurídica de cerca de 10.000 comparecientes que no son considerados máximos responsables.
Otro de los puntos cuestionados es el traslado de expedientes a la justicia ordinaria. La JEP advierte que esta jurisdicción enfrenta un represamiento cercano a 1,86 millones de procesos, por lo que recibir investigaciones de alta complejidad podría dificultar la continuidad de los procedimientos y la respuesta a las víctimas.
La entidad también recordó los compromisos adquiridos por Colombia ante la Corte Penal Internacional en 2021, cuando se establecieron garantías de cooperación y respaldo al funcionamiento de la justicia transicional. Según la JEP, una reforma que afecte su operación, financiación o cumplimiento de sanciones podría motivar una nueva evaluación internacional.
Un debate que coincide con decisiones judiciales
Mientras el Congreso discute el futuro de la jurisdicción, la JEP continúa adelantando actuaciones sobre los casos relacionados con el conflicto armado. El 27 de octubre, la Sala de Amnistía o Indulto revocó la libertad condicionada de Kendry Téllez Álvarez, conocido como alias “Yako”, tras determinar que incurrió en un incumplimiento grave de sus obligaciones de comparecencia y disponibilidad ante la justicia transicional y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).
Téllez Álvarez también es investigado por la justicia ordinaria por su presunta participación en el homicidio del senador Miguel Uribe Turbay. La decisión de la JEP se fundamentó en el incumplimiento de sus compromisos como compareciente y no constituye una declaración de responsabilidad por ese crimen. Además, la jurisdicción no ordenó su expulsión del sistema de justicia transicional.
De esta manera, el proyecto de reforma entra en una etapa decisiva de discusión política y jurídica. Su eventual aprobación obligaría a definir cómo continuarían los procesos pendientes, qué instancia asumiría los expedientes y cuáles serían las garantías para las víctimas y los comparecientes.







