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Corte Constitucional ratifica que la licencia por calamidad doméstica debe ser remunerada

Una decisión de la Corte Constitucional volvió a poner sobre la mesa un derecho que muchas veces pasa desapercibido entre los trabajadores colombianos. El alto tribunal reiteró que cuando un empleado debe ausentarse de su trabajo por una verdadera situación de calamidad doméstica, el empleador está obligado a conceder una licencia remunerada, garantizando el respeto por sus derechos fundamentales.

El pronunciamiento tomó fuerza a partir del caso de una trabajadora que solicitó orientación luego de que su hijo fuera hospitalizado de urgencia. La mujer necesitaba permanecer junto a él durante su recuperación y consultó si podía ausentarse de sus labores sin perder el salario. La respuesta fue favorable, respaldada tanto por la jurisprudencia de la Corte Constitucional como por un concepto emitido por el Ministerio del Trabajo.

De acuerdo con la interpretación de las autoridades laborales, la licencia por calamidad doméstica busca proteger a los trabajadores cuando enfrentan situaciones inesperadas que afectan gravemente su entorno familiar y requieren su presencia. En estos casos, el empleador no puede descontar el salario correspondiente al tiempo autorizado para atender la emergencia.

El Ministerio del Trabajo recordó que este criterio tiene sustento en la Sentencia T-460 de 2018 de la Corte Constitucional y en la Sentencia SL17368-2015 de la Corte Suprema de Justicia, decisiones que reconocen la necesidad de garantizar un equilibrio entre las obligaciones laborales y la protección de la familia, uno de los principios consagrados en la Constitución Política.

La licencia por calamidad doméstica puede aplicarse cuando ocurren hechos graves e imprevistos, como enfermedades de familiares cercanos, accidentes, hospitalizaciones o situaciones similares que exijan la presencia del trabajador. No obstante, cada caso debe analizarse de manera particular y el empleado deberá acreditar la circunstancia que originó la solicitud de la licencia.

Especialistas en derecho laboral señalan que esta garantía busca evitar que los trabajadores tengan que elegir entre atender una emergencia familiar o conservar su ingreso. Además, recuerdan que el respeto por este derecho fortalece las relaciones laborales y contribuye a un ambiente de trabajo más justo y humano.

Con este nuevo pronunciamiento, la Corte Constitucional reafirma que la protección de los derechos fundamentales también debe reflejarse en el ámbito laboral y recuerda a las empresas que las situaciones de calamidad doméstica deben ser atendidas con criterios de solidaridad, respeto y cumplimiento de la ley.