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Colombianos con discapacidad podrán recibir una pensión y una renta vitalicia si cumplen los requisitos de la ley

Miles de colombianos con discapacidad podrían acceder a un doble beneficio económico contemplado en el nuevo sistema de protección para la vejez establecido por la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional. La norma permite que algunas personas, además de recibir una pensión cuando hayan cotizado lo suficiente, puedan acceder también a una Renta Básica Solidaria, un apoyo económico de carácter vitalicio dirigido a la población más vulnerable que no cuenta con ingresos suficientes.

De acuerdo con lo establecido en la legislación, este beneficio está orientado principalmente a hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años que presenten una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %, se encuentren en condición de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad y cumplan con los criterios de focalización definidos por el Estado. En estos casos, la ley contempla la posibilidad de que estas personas reciban la renta solidaria incluso cuando también sean beneficiarias de una pensión derivada de sus cotizaciones o de una pensión de invalidez, siempre que cumplan las condiciones previstas por la normativa.

El nuevo modelo pensional colombiano está conformado por cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario. Dentro de esta estructura, el Pilar Solidario busca garantizar un ingreso permanente a quienes, por diferentes circunstancias, no lograron consolidar una pensión suficiente o se encuentran en condiciones de especial vulnerabilidad económica. La administración de este componente estará a cargo de Prosperidad Social, entidad responsable de la focalización y entrega de las transferencias monetarias.

La reforma también establece que la Renta Básica Solidaria estará dirigida a adultos mayores que no reciben pensión y cumplen los requisitos socioeconómicos fijados por el Gobierno Nacional. Sin embargo, una de las excepciones contempladas en la ley corresponde precisamente a las personas con discapacidad que acrediten una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 %, quienes podrán acceder a este apoyo bajo las condiciones establecidas por la legislación.

Las autoridades han reiterado que el acceso a estos beneficios no será automático. Los potenciales beneficiarios deberán cumplir con los criterios de edad, condición socioeconómica, pérdida de capacidad laboral y demás requisitos de focalización que determinen las entidades competentes durante la implementación del sistema.

Con la entrada en funcionamiento de la reforma pensional, el Gobierno Nacional busca ampliar la cobertura de la protección social para la población adulta mayor y las personas con discapacidad, garantizando ingresos permanentes a quienes enfrentan mayores condiciones de vulnerabilidad y fortaleciendo el sistema de subsidios destinado a mejorar su calidad de vida.