PUBLICIDAD

Reforma pensional comenzaría a aplicarse en abril de 2027 según Asofondos

Andrés Velasco, presidente de Asofondos

La reforma pensional aprobada por el Congreso durante el Gobierno de Gustavo Petro tiene ahora una fecha de referencia para su entrada en funcionamiento. Andrés Velasco, presidente de Asofondos, aseguró este martes 25 de agosto de 2026 que el nuevo sistema comenzaría a aplicarse, como mínimo, a partir del 1 de abril de 2027, luego de la decisión adoptada por la Corte Constitucional.

La declaración se produjo después de que el alto tribunal declarara constitucional más del 90 por ciento de la reforma pensional. Sin embargo, nueve disposiciones fueron devueltas a la Cámara de Representantes para que sean subsanadas. El Congreso tendrá un plazo máximo de 30 días para realizar este trámite.

Velasco explicó que, desde la perspectiva del gremio que reúne a las administradoras de fondos de pensiones privados, la decisión de la Corte permite afirmar que Colombia ya cuenta con una reforma pensional definida, aunque todavía quedan aspectos que deben ser corregidos por el Legislativo.

El presidente de Asofondos señaló que la Corte estableció como fecha de entrada en vigencia el 1 de abril de 2027. Según su interpretación, ese plazo permitiría completar el proceso de subsanación en el Congreso y preparar la implementación del nuevo sistema.

La reforma mantiene la estructura de cuatro pilares aprobada por el Congreso en 2024. Estos son el pilar solidario, el semicontributivo, el contributivo y el voluntario.

Uno de los cambios centrales está dentro del pilar contributivo. El sistema establece que Colpensiones administrará el componente correspondiente hasta 2,3 salarios mínimos, mientras que las administradoras de fondos de pensiones tendrán a su cargo el componente complementario de ahorro individual.

La Corte Constitucional, sin embargo, devolvió nueve disposiciones para que sean revisadas por la Cámara de Representantes. Entre ellas está el inciso del artículo 11 relacionado con la propiedad de las cuentas de ahorro individual, además de normas sobre las prestaciones del nuevo sistema, inversiones, comisiones y administración de recursos.

También fue devuelto el artículo 36, que contempla un beneficio para determinadas mujeres que lleguen a la edad de pensión sin completar las semanas exigidas. La disposición permite descontar 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres hijos, bajo las condiciones establecidas en la ley.

Otro de los puntos enviados nuevamente al Congreso está relacionado con el tratamiento tributario de las pensiones. La norma establece una exención para mesadas de hasta 1.000 UVT mensuales, mientras que el excedente quedaría sometido a las reglas del impuesto de renta.

La Corte también ordenó revisar disposiciones relacionadas con la administración e inversión de los recursos del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que estaría bajo la administración del Banco de la República.

Entre los artículos devueltos aparece además una disposición que establece un régimen pensional diferencial para pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinado, con ajustes en determinados requisitos de edad, años o semanas de cotización.

Para Andrés Velasco, los próximos 30 días serán determinantes. Durante ese periodo, la Cámara deberá adelantar el trámite ordenado por la Corte y corregir las disposiciones que fueron objeto de observaciones.

Asofondos también anunció que realizará un análisis detallado de la sentencia una vez se conozca el texto completo del fallo. El objetivo será establecer con mayor precisión qué cambios quedaron vigentes y cuáles serán las obligaciones para las administradoras y los afiliados.

La decisión de la Corte despeja una de las principales incertidumbres que rodeaban la reforma pensional, pero no significa que todos los cambios puedan aplicarse de inmediato. Primero deberán cumplirse los pasos ordenados al Congreso y posteriormente deberán adelantarse los ajustes necesarios para poner en marcha el nuevo modelo.

Por ahora, la fecha que toma fuerza es el 1 de abril de 2027. Hasta entonces, el sistema actual continuará operando mientras el Congreso, el Gobierno, Colpensiones y las administradoras preparan la transición hacia el modelo aprobado.

La reforma pensional es una de las principales apuestas del Gobierno de Gustavo Petro y también una de las iniciativas que más controversia generó durante su trámite legislativo. Con la decisión de la Corte Constitucional, el proyecto entra en una nueva etapa, esta vez marcada por la preparación de su implementación y por los ajustes que todavía debe realizar el Congreso.

Fuente La República y declaraciones de Andrés Velasco, presidente de Asofondos, publicadas el 25 de agosto de 2026.