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Tribunal rechaza tutela de Álvaro Uribe y pide actuar con transparencia en el proceso judicial

La justicia determinó que no se vulneraron los derechos del expresidente y recordó que el caso enfrenta riesgo de prescripción.

El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela presentada por el expresidente Álvaro Uribe Vélez contra la juez Sandra Heredia, en la que alegaba una afectación a su derecho a la defensa por la programación de audiencias sin tener en cuenta la agenda de sus abogados.

La defensa del exmandatario argumentó que la fijación de diligencias sin consultar sus compromisos previos estaba interfiriendo con su labor en otros casos. En particular, señalaron que la audiencia del 28 de febrero coincidía con otra citación de Uribe, y aunque pidieron su aplazamiento, la juez lo rechazó, asegurando que su presencia no era obligatoria si sus abogados estaban presentes.

Decisión del Tribunal y llamado a la transparencia

Los magistrados del Tribunal concluyeron que no hubo una vulneración del derecho a la defensa y enfatizaron la necesidad de actuar con lealtad hacia la administración de justicia, evitando maniobras dilatorias que puedan afectar el desarrollo del juicio.

El fallo resaltó que el proceso enfrenta problemas de prescripción, por lo que es fundamental que se tomen decisiones oportunas, sin importar el sentido de la sentencia, ya sea absolutoria o condenatoria.

“No le corresponde al juez atender los intereses de todos los clientes que tenga la defensa, le compete notificar debidamente las fechas que programa”, indicaron los magistrados, destacando que desde noviembre de 2024 ya se habían fijado las audiencias, incluida la del 28 de febrero.

Asimismo, señalaron que las prórrogas y aplazamientos deben estar plenamente justificadas, y en este caso, la defensa del expresidente no presentó razones suficientes para modificar el calendario del juicio.

Sin restricciones en el derecho a la defensa

En su análisis, el Tribunal también desestimó la acusación de que Uribe no tuvo suficiente tiempo para interrogar a un testigo. Según el fallo, luego de asistir a su otro compromiso judicial y regresar a la audiencia, el expresidente se abstuvo de interrogar al testigo alegando que desconocía lo que se había preguntado previamente.

Además, se aclaró que la ausencia de un procesado en libertad no afecta la validez de una audiencia si su defensa técnica está presente.

Con esta decisión, el Tribunal respaldó la gestión de la juez Heredia y reiteró la importancia de evitar maniobras que puedan retrasar el proceso, especialmente en un caso que enfrenta el riesgo de prescripción.