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Ocho investigados en el caso Lili Pink seguirán libres mientras avanza el proceso judicial

Un juez de control de garantías de Bogotá negó la solicitud de la Fiscalía para enviar a prisión a ocho personas investigadas por su presunta participación en un entramado de contrabando, lavado de activos, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir relacionado con la cadena Lili Pink.

La decisión fue tomada por el Juzgado 40 de Control de Garantías de Bogotá, que consideró que la Fiscalía no presentó de manera suficientemente clara los elementos que permitirían establecer la participación individual de cada uno de los procesados en los hechos investigados.

Los beneficiados con la decisión son Max Marvin Abadi, David Max Abadi Homsani, Malaquilla Bismar Hernández, Lorena Bernal Castro, Myriam Luz de las Mercedes Sánchez Laguna, Jonnatan Villamil Soler, Luz Adriana López López y Merlín Roxana Mendoza Arias.

Todos continuarán vinculados al proceso, pero podrán defenderse en libertad. La decisión, además, fue apelada por la Fiscalía y por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, que figura como víctima reconocida dentro del proceso.

El llamado de atención a la Fiscalía

Durante la audiencia, el juez cuestionó la forma en que el ente acusador sustentó la solicitud de medida de aseguramiento.

Uno de los principales reparos estuvo relacionado con la falta de precisión sobre qué habría hecho concretamente cada uno de los investigados, cuándo lo habría hecho y cuál de las pruebas presentadas permitiría relacionarlo directamente con los delitos atribuidos.

El despacho judicial consideró que la Fiscalía expuso de manera general la hipótesis de la investigación, pero no logró establecer con suficiente claridad la responsabilidad individual de los ocho procesados.

La decisión no significa que los investigados hayan sido declarados inocentes ni que el caso haya terminado. El proceso penal continuará mientras la Fiscalía intenta demostrar las acusaciones que presentó.

Una investigación que lleva meses

El caso Lili Pink comenzó a tomar fuerza en abril de 2026, cuando la Fiscalía adelantó operativos de extinción de dominio contra cientos de establecimientos relacionados con la marca.

Durante esas diligencias fueron afectados 405 locales comerciales, 40 inmuebles, ocho vehículos y una sociedad. Los operativos se realizaron en 59 ciudades y municipios de 25 departamentos.

Según la hipótesis de la Fiscalía, detrás de la operación habría existido una estructura que utilizaba empresas importadoras, comercializadoras y sociedades de papel para ingresar mercancía al país y posteriormente darle apariencia de legalidad.

La investigación incluye prendas de vestir, juguetes y productos cosméticos que, según el ente acusador, habrían ingresado mediante operaciones que buscaban evadir controles aduaneros y dificultar el seguimiento del dinero.

Las cifras que maneja la Fiscalía

La Fiscalía sostiene que la presunta estructura habría realizado operaciones de lavado de activos por más de 730.000 millones de pesos.

También habla de un posible enriquecimiento ilícito superior a 430.000 millones de pesos, mientras que las operaciones de presunto contrabando superarían los 75.000 millones de pesos. Además, la DIAN habría realizado aprehensiones y decomisos de mercancía valorados en más de 54.000 millones de pesos.

Estas cifras corresponden a la hipótesis investigativa de la Fiscalía y deberán ser discutidas y probadas dentro del proceso judicial.

Los ocho investigados tampoco aceptaron los cargos que les fueron imputados durante la audiencia realizada en julio.

El proceso continúa

Con la decisión del juez, los ocho procesados permanecerán en libertad mientras avanza la investigación y se resuelve la apelación presentada por la Fiscalía y la DIAN.

El caso seguirá ahora en manos de las autoridades judiciales, que deberán determinar si las pruebas permiten establecer la responsabilidad de los investigados en los delitos que les atribuye el ente acusador.

Por ahora, la justicia dejó claro que la solicitud de prisión no cumplió con el estándar necesario para imponer una medida de aseguramiento y que cualquier decisión sobre la responsabilidad penal deberá tomarse dentro del proceso correspondiente.