Entre agosto y octubre los colombianos deberán cumplir con la obligación de presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024. En este proceso, una de las dudas más comunes entre los contribuyentes es si deben incluir las inversiones en Certificados de Depósito a Término (CDT). La respuesta es afirmativa: los CDT hacen parte de las inversiones financieras que deben reportarse ante la Dian.
De acuerdo con el Banco de la República, un CDT es un instrumento de inversión mediante el cual una persona deposita una suma de dinero en una entidad financiera por un plazo determinado —que puede ser de 30, 60, 90, 180 o 360 días— y obtiene un rendimiento fijo al finalizar el periodo. Su popularidad radica en que se trata de una inversión segura, que no requiere conocimientos avanzados de finanzas y que garantiza un ingreso predecible gracias a las tasas pactadas desde el inicio.
Precisamente esas tasas de interés son la variable clave para los inversionistas, ya que determinan la ganancia final. Según el emisor, “las tasas de interés de los certificados de depósito a término son tasas de captación o pasivas que las instituciones financieras pagan a quienes dejan su dinero en forma de depósito con un monto y un plazo determinado”. En otras palabras, el CDT representa un ingreso adicional que incrementa el patrimonio del ciudadano, razón por la cual debe ser declarado.
Los expertos en materia tributaria advierten que omitir esta información puede acarrear sanciones económicas. Además, recomiendan a los contribuyentes evitar errores frecuentes como:
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No declarar los CDT vencidos, pues siguen siendo parte del patrimonio.
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Ignorar las deducciones aplicables a este tipo de inversiones.
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Declarar de manera incorrecta los CDT que están a nombre de varios titulares, los cuales deben registrarse en función del porcentaje acordado.
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No incluir los intereses generados durante el año gravable, que deben sumarse como rentas.
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Pasar por alto la retención en la fuente aplicada, la cual constituye un anticipo del impuesto sobre la renta.
En conclusión, los CDT, al igual que otras inversiones financieras, son activos que deben incluirse en la declaración de renta. La omisión de estos ingresos no solo constituye una falta ante la Dian, sino que también puede generar sanciones y afectar la planeación tributaria de los contribuyentes.