La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dará un paso histórico este jueves 18 de septiembre al emitir su primera sentencia en el caso de los denominados “falsos positivos” dentro del subcaso Costa Caribe. La decisión cobijará a 12 exmilitares del Batallón La Popa, en Valledupar, quienes aceptaron su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad.
Los sentenciados son Guillermo Gutiérrez Riveros, Carlos Andrés Lora Cabrales, Elkin Leonardo Burgos Suárez, Elkin Rojas, Efraín Andrade Perea, Manuel Valentín Padilla Espitia, José de Jesús Rueda Quintero, Eduart Gustavo Álvarez Mejía, Juan Carlos Soto Sepúlveda, Yeris Andrés Gómez Coronel, Alex José Mercado Sierra y Heber Hernán Gómez Naranjo.
Según la JEP, estos exintegrantes del Batallón La Popa participaron en 77 hechos de falsos positivos que dejaron 135 víctimas entre el 9 de enero de 2002 y el 9 de julio de 2005 en el norte del Cesar y el sur de La Guajira. La decisión será una sanción restaurativa, al haber reconocido los crímenes y aportado a la verdad, en cumplimiento del Acuerdo Final de Paz.
El tribunal llegó a esta etapa tras analizar nueve informes presentados por entidades del Estado, organizaciones de víctimas, defensoras de derechos humanos y pueblos indígenas. También evaluó 61 versiones de exmilitares vinculados, 20 inspecciones judiciales y más de 50 expedientes de la justicia ordinaria y penal militar, así como archivos de operaciones en unidades militares. Las víctimas y la Procuraduría presentaron 13 escritos y observaciones orales, incluidos los aportes de los pueblos indígenas Kankuamo y Wiwa.
La JEP determinó que los 12 imputados tuvieron un papel esencial en la configuración de patrones criminales sistemáticos. Se les atribuyen delitos como homicidio en persona protegida y desaparición forzada, catalogados como crímenes de guerra y de lesa humanidad según el Estatuto de Roma.
Cabe recordar que, aunque la JEP imputó crímenes a 15 exintegrantes del Batallón La Popa, tres oficiales retirados —Publio Hernán Mejía, Juan Carlos Figueroa Suárez y José Pastor Ruiz Mahecha— no aceptaron responsabilidad y enfrentan procesos en la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, lo que podría derivar en condenas de hasta 20 años de prisión.
Esta primera decisión dentro del Caso 03, “Asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”, conocido como falsos positivos, abre el camino para sentencias en las otras cinco zonas priorizadas que abordan las regiones más críticas de este fenómeno criminal.