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JEP dicta primera sentencia contra excomandantes de las FARC con sanción restaurativa de ocho años por más de 21.000 secuestros

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dio un paso histórico al emitir su primera sentencia contra siete exintegrantes del último Secretariado de las extintas FARC-EP por la política de secuestros que implementaron en todo el país durante el conflicto armado. La decisión establece una sanción propia de ocho años, el máximo contemplado en el Acuerdo Final de Paz de 2016.

Los excomandantes sentenciados son Rodrigo Londoño Echeverri, conocido como ‘Timochenko’; Pablo Catatumbo Torres Victoria; Pastor Lisandro Alape Lascarro; Milton de Jesús Toncel Redondo, alias ‘Joaquín Gómez’; Jaime Alberto Parra, alias ‘El Médico’; Julián Gallo Cubillos, alias ‘Carlos Antonio Lozada’; y Rodrigo Granda Escobar, alias ‘Ricardo Téllez’ o el ‘Canciller de las FARC’.

La JEP los declaró responsables de más de 21.000 secuestros y de otros crímenes cometidos en el contexto de estas retenciones, como desapariciones forzadas, torturas y homicidios. Sin embargo, la sanción no implica cárcel tradicional. Los comparecientes deberán cumplir proyectos restaurativos y reparadores diseñados en consulta con las víctimas acreditadas en el caso.

Entre las acciones restaurativas destacan la búsqueda, identificación y entrega digna de personas dadas por desaparecidas —iniciando en el cementerio de Palmira (Valle del Cauca)—, acciones integrales contra minas antipersona, proyectos de memoria y reparación simbólica en ciudades como Cali y Neiva, y programas de protección al medio ambiente y el territorio.

La sentencia también establece restricciones de derechos y libertades para los excomandantes, quienes deberán permanecer en los lugares asignados, cumplir horarios, portar dispositivos electrónicos de monitoreo y participar activamente en los proyectos restaurativos durante el tiempo fijado.

De acuerdo con la JEP, esta decisión se enmarca en el Caso 01 sobre secuestros y otros crímenes cometidos en el contexto del cautiverio, y se sustenta en los aportes a la verdad, el reconocimiento de responsabilidad y el cumplimiento de los compromisos asumidos en el Acuerdo de Paz. Los comparecientes deberán continuar proporcionando información veraz y detallada cada vez que sean requeridos, incluso en las demás macroinvestigaciones en curso.

Con este fallo, la JEP marca un precedente en la implementación del sistema de justicia transicional, al combinar sanción, verdad, reparación y garantías de no repetición para las víctimas del conflicto armado.