El Tribunal Administrativo de Santander emitió este jueves una sentencia trascendental que anula la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga para el periodo 2024-2027, tras determinar que incurrió en doble militancia política.
La decisión se fundamenta en la violación de la Ley 1475 de 2011, que prohíbe la doble militancia en su modalidad de apoyo. Según el fallo, Beltrán, afiliado al partido Colombia Justa Libres, respaldó públicamente a candidatos de otras colectividades, como el Centro Democrático y el Partido de la U, lo que contravino las normas de disciplina partidaria y las reglas establecidas para la coalición “Juntos por Bucaramanga”.
Pruebas determinantes
El Tribunal argumentó que las manifestaciones de apoyo realizadas por Beltrán hacia candidatos externos ocurrieron durante el periodo electoral, entre julio y octubre de 2023, cuando las candidaturas ya estaban inscritas. Estas acciones, corroboradas por pruebas que incluyen publicidad electoral y declaraciones públicas, fueron consideradas suficientes para configurar la causal de nulidad.
Por otro lado, la Sala desestimó otras demandas relacionadas con la inscripción y los avales de la candidatura de Beltrán, así como las irregularidades en la expedición del formulario E-27. Sin embargo, anuló el formulario E-26 ALC, que oficializó su elección como alcalde, y ordenó seguir los procedimientos constitucionales para designar un reemplazo.
Sin condena en costas
Aunque el fallo afecta directamente la elección de Beltrán, el Tribunal no impuso condena en costas al demandado, al considerar que se trataba de un caso de interés público que buscaba proteger la transparencia en los procesos electorales.
Apelación en curso
La sentencia, aprobada por unanimidad, podría no ser definitiva, ya que los seguidores del alcalde Jaime Andrés Beltrán han anunciado su intención de apelar ante el Consejo de Estado, la máxima instancia judicial en materia electoral.
Mientras tanto, Bucaramanga enfrenta un panorama político incierto, a la espera de que se definan los pasos a seguir para garantizar la estabilidad administrativa y el respeto por las normas electorales en el municipio.