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Tribunal anula decreto de Federico Gutiérrez que prohibía el consumo de drogas en zonas públicas de Medellín

El Tribunal Administrativo de Antioquia dejó sin efecto, en segunda instancia, el decreto firmado por el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, con el que se había prohibido el consumo de sustancias psicoactivas —incluida la dosis mínima— en espacios públicos frecuentados por niños. La decisión representa un revés para la administración distrital, que había defendido la medida como una estrategia para proteger a menores y recuperar la tranquilidad en distintos sectores de la ciudad.

La demanda fue presentada por el abogado Alberto Náder Galeano, quien solicitó la nulidad del decreto al considerar que el mandatario local actuó por fuera de sus competencias. Según argumentó, la norma se expidió haciendo uso del “poder de policía residual”, una facultad que no le corresponde a los alcaldes, sino al Concejo Distrital.

Tras analizar el caso, el tribunal concluyó que la Alcaldía de Medellín excedió sus facultades al intentar reglamentar restricciones que están fijadas por ley. “Un alcalde no puede reglamentar una ley u ordenanza de policía, pues estaría apropiándose de una competencia que no le pertenece”, señala el fallo.

No obstante, el alto tribunal recordó que los alcaldes sí cuentan con la facultad de delimitar zonas específicas donde se restrinja el consumo, porte o comercialización de drogas, siempre que se cumplan dos criterios: que sean áreas cercanas a instituciones educativas o espacios catalogados como zonas históricas, de interés cultural o de interés público. Además, toda delimitación debe respetar los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

La decisión deja sin efecto las restricciones fijadas por la administración de Gutiérrez en 2024 y obliga al Distrito a revisar las acciones que pretenda implementar en materia de control del consumo en el espacio público.