El Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla emitió un fallo que despeja la incertidumbre sobre la rectoría de la Universidad del Atlántico, al declarar improcedente la acción de tutela presentada por los exaspirantes Álvaro González, Wilson Quimbayo y Danilo Hernández, quienes buscaban suspender la posesión de Leyton Daniel Barrios Torres como rector para el período 2025–2029.
La decisión judicial confirma que la tutela no es el mecanismo adecuado para cuestionar actos administrativos de naturaleza electoral, y que cualquier controversia sobre la elección debe resolverse a través de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Esto, según el juez Edgardo Manuel Atencio Royero, garantiza que los procesos internos de la Universidad se desarrollen respetando la normativa y los procedimientos legales establecidos.
El fallo también mencionó la Resolución No. 02 del 7 de noviembre de 2025, emitida por el Comité Electoral de la Universidad, que declaró la nulidad de la elección. Sin embargo, el juez precisó que este acto no se analizó en la tutela, pues corresponde resolverlo por los canales judiciales ordinarios.
Con esta determinación, se ratifica la designación y posesión de Barrios Torres, realizada el pasado 27 de octubre por el Consejo Superior Universitario. La decisión refuerza la autonomía institucional y envía un mensaje de estabilidad a estudiantes, docentes y trabajadores, quienes podrán continuar sus actividades académicas sin incertidumbre sobre la gobernanza de la Universidad.
Para la comunidad académica del Atlántico, esta confirmación significa continuidad en los proyectos institucionales y en la planificación estratégica de la Universidad, asegurando que la gestión del rector Barrios Torres pueda desarrollarse con respaldo jurídico y reconocimiento oficial.


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