El camino electoral del senador Iván Cepeda dio un giro definitivo luego de que el Consejo Nacional Electoral resolviera que el aspirante presidencial del Pacto Histórico no podrá participar en la consulta interpartidista prevista para marzo. Con esta decisión, el dirigente de izquierda deberá ir directamente a la primera vuelta presidencial.
La determinación fue adoptada tras una extensa deliberación en la que intervinieron magistrados y conjueces del tribunal electoral. La votación final quedó seis votos contra cuatro, lo que permitió conformar la mayoría necesaria para concluir que Cepeda se encuentra inhabilitado para tomar parte en el mecanismo conocido como Frente por la Vida, en el marco del actual proceso electoral.
El debate jurídico giró alrededor de la participación previa de Cepeda en la consulta celebrada el año anterior y de si esta generaba o no una prohibición para presentarse nuevamente a otro ejercicio similar. Durante la audiencia pública, los conjueces designados para el caso expusieron posturas encontradas. Por un lado, Alberto Rojas Ríos sostuvo que no se configuraba doble militancia, argumentando que los partidos que intervinieron en la consulta pasada fueron posteriormente fusionados en el Pacto Histórico. En su criterio, la legislación no prohíbe de manera expresa que un precandidato participe en más de una consulta, siempre y cuando no desconozca los resultados ni se inscriba por una colectividad distinta.
Rojas también planteó que la consulta ganada por Cepeda en octubre tuvo un carácter estrictamente partidista y no interpartidista, lo que, a su juicio, impedía hablar de una inhabilidad. No obstante, dejó constancia de una observación adicional al señalar que el CNE no sería competente para definir el fondo del caso, al tratarse de un precandidato y no de un candidato oficialmente inscrito.
En contraste, el conjuez Hollman Ibáñez defendió una interpretación opuesta. Para él, la consulta anterior sí tuvo un carácter interpartidista y, por lo tanto, generó una restricción clara. Según su postura, independientemente del tipo de consulta, quien participe en una no puede volver a hacerlo en otra similar dentro del mismo proceso electoral.
Con la decisión ya tomada, el expediente quedó en manos del magistrado Alfonso Campo, quien deberá elaborar una nueva ponencia alineada con la posición mayoritaria expresada en la sala. Ese documento servirá para formalizar la resolución que impide la participación de Cepeda en la consulta de marzo y confirma su paso directo a la primera vuelta presidencial.
En la votación final, respaldaron la inhabilidad los magistrados Alfonso Campo, Maritza Martínez, Benjamín Ortiz, Álvaro Hernán Prada y Cristian Quiroz, junto al conjuez Hollman Ibáñez. Por su parte, votaron a favor de permitir la participación de Cepeda las magistradas Alba Lucía Velásquez y Fabiola Márquez, el magistrado Álvaro Echeverry y el conjuez Alberto Rojas Ríos.
Con este fallo, el escenario político de la izquierda colombiana entra en una nueva etapa, marcada por la ausencia de Iván Cepeda en la consulta de marzo y por una contienda presidencial que lo tendrá directamente en la primera vuelta, sin pasar por el filtro previo de una elección interna.

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