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Conozca las situaciones que pueden llevar a la suspensión de una pensión en Colombia

En Colombia, alcanzar la pensión es el objetivo de millones de trabajadores que durante años aportan al sistema para asegurar una mesada que garantice estabilidad en su vejez. También existen otros tipos de pensión, como la de invalidez —para quienes pierden el 50 % o más de su capacidad laboral por causas no laborales— y la de sobrevivientes, destinada a familiares de un afiliado fallecido.
Pero así como la ley establece los requisitos para acceder a estas prestaciones, también contempla escenarios en los que la pensión puede ser suspendida o revocada.

¿En qué casos se puede suspender o perder la pensión?
Una de las causas más graves es el fraude para obtener beneficios pensionales. Colpensiones puede iniciar procesos de revisión y anular definitivamente el derecho cuando se detectan prácticas como falsificación de documentos, adulteración de la historia laboral o simulación de una condición de invalidez. Este tipo de conductas no solo implica la pérdida de la pensión, sino también graves consecuencias penales.

En el caso de la pensión por invalidez, la continuidad del pago está sujeta a requisitos estrictos. Los beneficiarios deben presentarse a revisiones médicas periódicas, al menos cada tres años. Si omiten esta obligación, Colpensiones puede suspenderles la mesada temporalmente y, si la inasistencia supera los 12 meses, cancelar el beneficio. Los pagos también pueden revocarse si las evaluaciones determinan que la capacidad laboral del beneficiario ha sido recuperada.
Otra situación que genera investigaciones es cuando un pensionado por invalidez realiza actividades físicas o laborales que contradicen su diagnóstico, lo que puede derivar en la cancelación de la prestación si se comprueba que la condición que la originó ya no existe.

En cuanto a la pensión de sobrevivientes, la permanencia del beneficio depende del cumplimiento de las condiciones que lo originaron. Los hijos pierden el derecho al cumplir 18 años, salvo que estén estudiando y dependan económicamente del fallecido, en cuyo caso el beneficio se extiende hasta los 25. Para los cónyuges o compañeros permanentes, la pensión se extingue si contraen matrimonio nuevamente o formalizan una nueva unión marital. Además, la ley exige que hayan convivido con el causante por lo menos durante los dos años previos a su fallecimiento.
Los padres o hermanos en condición de discapacidad pierden la pensión si dejan de depender económicamente del afiliado fallecido.
Finalmente, la prestación se extingue si el pensionado fallece sin dejar beneficiarios que cumplan las condiciones legales para asumir la sustitución pensional.

Aunque estos son los casos más comunes, existen también situaciones administrativas o legales que pueden influir en el pago de la pensión. Por ello, los expertos recomiendan mantener actualizada toda la información ante Colpensiones y cumplir a cabalidad con las obligaciones que exige cada modalidad de pensión.