Por quejas de usuarios que no fueron atendidas por Banco Fallabela y Rappi , la SIC (Super Intendencia de Industria y Comercio) impuso a ambas empresas una multa por incumplimiento a la Ley de protección de datos.
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Al BANCO FALABELLA se le impuso una multa por 496 millones de pesos y deberá cumplir con órdenes respecto del tratamiento de datos personales.
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A la empresa RAPPI se le impuso una multa por 298 millones de pesos y deberá adoptar medidas para respetar los derechos de las personas respecto del tratamiento de su información.
La SIC informó que ambas corporaciones incurrieron en la violación de privacidad de sus clientes, al no generar un buen tratamiento de su información como lo son, entre otros, el derecho de supresión de sus datos y la atención debida y oportuna de sus solicitudes.
En el caso de Banco Falabella, la SIC le impuso una multa por 496 millones. Dicha medida se tomó cuando el Banco no acató la queja de un cliente, quien solicitó en ocho ocasiones a la entidad, que eliminara su número telefónico de su base de datos y dejara de enviarle mensajes para fines de prospección comercial, solicitud desatendida por esa compañía.
Por el lado de RAPPI S.A.S. la SIC los multó por un caso similar, la sanción impuesta equivale a $298,121,760 millones de pesos, que deberá pagar por no responder a la queja de un cliente, cuando este solicito que se dejara de usar su información y que no le enviará correos electrónicos o mensajes de datos para fines comerciales o de marketing, pero dicha empresa no atendió debidamente las solicitudes.