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Incertidumbre sobre atención a mujeres que soliciten aborto tras decisión de la Corte Constitucional

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La reciente determinación de la Corte Constitucional de Colombia respecto al aborto ha generado confusión y plantea interrogantes sobre la atención que pueden recibir las mujeres que deseen acceder a este procedimiento. Aunque meses atrás la Corte despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24, ahora ha concluido que el aborto no está legalizado ni es considerado un derecho fundamental en el país.

Una de las principales preocupaciones es si un centro médico u hospital puede negarse a brindar atención a una mujer que solicite un aborto. La Corte dejó entrever que el sistema de salud no está obligado a facilitar abortos más allá de las tres causales reconocidas previamente (violación, riesgo de muerte de la madre o malformación del feto).

Según la profesora Ángela María Buitrago, exfiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia, ningún centro médico puede negar el servicio a una mujer que lo solicite, siempre que su semana de gestación no supere las 24 semanas. Buitrago afirma que el aborto no ha sido despenalizado y que existen circunstancias en las que está permitido. En esas condiciones, la atención no puede ser negada.

Esteban Hoyos Ceballos, constitucionalista y decano de la Escuela de Derecho de la Universidad EAFIT, coincide con este punto de vista y sostiene que la reciente sentencia de la Corte no modifica el precedente establecido que despenalizó el aborto hasta la semana 24. Sin embargo, señala la importancia de comprender las diferencias entre los efectos generales de las sentencias de constitucionalidad y los efectos entre las partes involucradas en las sentencias de tutela.

La comunicación deficiente de las decisiones y la falta de claridad por parte de la Corte Constitucional en torno al debate sobre el aborto han sido objeto de críticas. Hoyos destaca la indisciplina judicial y reclama por la falta de claridad, que afecta los derechos de las mujeres, especialmente las más vulnerables. Destaca que el Congreso debe abordar el tema del aborto y legislar al respecto, promoviendo un debate informado y estableciendo marcos legales claros para proteger los derechos de las mujeres.

La Corte Constitucional ha indicado que el fallo no prohíbe el aborto, pero también ha resaltado la necesidad de una legislación clara que defina los límites de cada caso. Mientras tanto, las instituciones y médicos deben evaluar y ponderar las razones aducidas, el avance del embarazo y las implicaciones para la salud de la gestante en los casos en que se solicite la autorización del aborto antes de la semana 24 y por causas diferentes a las tres permitidas.

La incertidumbre persiste en cuanto a la atención que recibirán las mujeres que busquen acceder al aborto en Colombia, y se espera que se tomen acciones legislativas para abordar esta cuestión de manera clara y proteger los derechos de las mujeres en el país.