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Corte Constitucional resuelve tutela del Centro Democrático contra el CNE y MinHacienda

- La querella en la Corte Constitucional, sitúa a las actuaciones para garantizar el acceso de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica a determinados espacios en medios de comunicación.

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La Corte Constitucional le ordenó al Consejo Nacional Electoral que cumpla con el mandato del Estatuto de la Oposición que dispone que los partidos y movimientos políticos declarados en oposición al Gobierno de turno deben tener espacios de medios de comunicación del Estado.

El pronunciamiento se hizo a la hora de estudiar y conceder una tutela que presentó en 2022, meses después de la posesión de Gustavo Petro como Presidente, el Partido Centro Democrático en contra del CNE, la Registraduría y el Ministerio de Hacienda.

La decisión de la Corte ordena al CNE que asigne de manera inmediata al Centro Democrático los espacios adicionales en medios de comunicación social del Estado y los que hacen uso del espacio electromagnético, según establecen los artículos 112 de la Constitución Política y 13 de la Ley 1909 de 2018 (Estatuto de Oposición).

Y extendió esa decisión a los demás partidos y movimientos políticos con personería jurídica declarados en oposición, como Cambio Radical.

¿Qué dice el Estatuto de Oposición sobre espacios en medios?

El artículo 13 del Estatuto dice que a esos movimientos se les debe asignar espacios adicionales en medios de comunicación social del Estado y los que hacen uso del espectro electromagnético.

Para radio y televisión, dice la ley, se trata de «al menos 30 minutos mensuales en las franjas de mayor sintonía». La autoridad electoral deberá determinar la duración, frecuencia y fechas de emisión de los espacios, con el apoyo técnico de la Autoridad Nacional de Televisión y del Ministerio de las Tecnologías de Información y las Comunicaciones, según sea el caso.

«Para el ejercicio de la oposición al Gobierno Nacional, se asignarán solamente en medios de comunicación con cobertura nacional. Para el ejercicio de la oposición a nivel territorial, se asignarán espacios de acuerdo a la cobertura y correspondencia de los medios con el nivel territorial», dice la ley.

El Estatuto, además, dice que los espacios deben ser 50-50 con base en el número de escaños que tenga cada organización en el Congreso de la República, las asambleas departamentales y los concejos municipales o distritales, y que todo esto debe ser asumido con cargo al Presupuesto General de la Nación, para lo cual se apropiarán anualmente las partidas necesarias.

Además, la Sala Plena ordenó al CNE, a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al  Ministerio de Hacienda que adelanten las gestiones administrativas y presupuestales para el cumplimiento de esta sentencia.

Y le ordenó al Ministerio de Hacienda que incluya en el proyecto de ley de presupuesto de cada anualidad, de manera desagregada, las apropiaciones presupuestales para el cumplimiento de la Ley 1909 de 2018″.

Se vulneraron los derechos del CD desde agosto de 2022

En el caso del Centro Democrático en concreto, la Corte dijo que ya había un daño consumado por la vulneración del derecho a la oposición política desde 24 de agosto de 2022 hasta la fecha de este fallo.

Por esa razón, compulsó copias a la Procuraduría para que, dentro de sus competencias, investigue si la conducta de los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y demás autoridades responsables constituye una falta disciplinaria.