Con la llegada de la temporada de asambleas de copropietarios, miles de propietarios e inquilinos en Colombia se enfrentan a decisiones que tendrán impacto directo en sus finanzas durante 2026. Estas reuniones, que por ley deben realizarse al menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio contable —generalmente antes del 31 de marzo—, cobran especial relevancia en un contexto marcado por el aumento de los costos operativos y laborales tras el ajuste del salario mínimo.
El tema no es menor si se tiene en cuenta que, de acuerdo con cifras del sector, Colombia cuenta con cerca de 15 millones de viviendas urbanas y aproximadamente el 50 % hacen parte del régimen de propiedad horizontal, es decir, edificios y conjuntos residenciales presentes en todos los niveles socioeconómicos del país.
“Las decisiones que se toman en una asamblea terminan impactando la vida diaria y las finanzas de millones de familias. Presupuesto, cuotas de administración y obras no son asuntos menores, especialmente en un año donde los costos vienen al alza”, explicó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas.
La asamblea: el máximo órgano de decisión
La asamblea de copropietarios es la máxima autoridad dentro de una copropiedad. En ella participan los propietarios o sus apoderados para definir asuntos que inciden directamente en el funcionamiento del edificio o conjunto, la convivencia y la valorización del inmueble.
Entre las principales decisiones que se toman están la aprobación del presupuesto anual, el valor de la cuota de administración y sus incrementos, la ejecución de obras de mantenimiento o mejora, las expensas extraordinarias, los ajustes a las reglas de convivencia y la elección de órganos como el consejo de administración o el revisor fiscal, cuando aplique. Para 2026, estos puntos resultan especialmente sensibles debido al incremento en los costos de vigilancia, aseo y servicios.
Quórum y mayorías: cuándo se puede decidir
Para que una asamblea pueda deliberar y tomar decisiones válidas, debe cumplirse un quórum mínimo, calculado con base en los coeficientes de copropiedad. En términos generales, se requiere la representación de más de la mitad de los coeficientes para sesionar, mientras que las decisiones ordinarias se aprueban con la mitad más uno de los coeficientes presentes. En casos especiales, como algunas expensas extraordinarias de alto valor, la ley exige mayorías calificadas que pueden llegar al 70 %.
¿Qué pasa si no asiste?
Aunque la asistencia no siempre es obligatoria, los expertos coinciden en que sí es altamente recomendable. No participar implica perder la posibilidad de votar sobre decisiones que afectan directamente el bolsillo. Algunos reglamentos internos incluso contemplan sanciones económicas por inasistencia, siempre que estén claramente establecidas y respeten el debido proceso.
Delegar también es una opción
Quienes no puedan asistir pueden hacerse representar mediante un poder escrito. De acuerdo con las guías del Ministerio de Justicia y del Derecho, este documento debe definir las atribuciones del delegado, estar debidamente firmado y entregarse a la administración antes del inicio de la asamblea.
Claves para llegar preparado
Antes de asistir —o de delegar su voto— se recomienda revisar el presupuesto propuesto, la ejecución del año anterior, el estado de la cartera morosa, los contratos vigentes y las obras proyectadas. Llegar informado permite participar con criterio y tomar decisiones más responsables.
En un escenario de mayores costos y ajustes operativos, la asamblea de copropietarios deja de ser un simple trámite anual para convertirse en un espacio decisivo. Asistir, informarse y participar activamente es hoy una de las formas más efectivas de proteger el patrimonio y anticiparse a los impactos económicos que marcarán el 2026.


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