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Consejo de Estado ratifica derechos de herederos de Pacho Galán sobre uso comercial de su nombre artístico

El Consejo de Estado falló en contra de Ricardo Alí Pérez Chávez, quien pretendía invalidar el registro de la marca “Pacho Galán” otorgado a los herederos del reconocido músico soledeño Francisco Galán Blanco, mejor conocido como “Pacho Galán”. En la decisión, el alto tribunal reafirmó que los derechos sobre dicha denominación le pertenecen exclusivamente al artista fallecido y a su línea hereditaria directa, desestimando las pretensiones del demandante.

La sentencia, emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, establece que Ricardo Alí Pérez Chávez no logró demostrar un uso continuo, previo y efectivo del nombre comercial “Orquesta Pacho Galán”, lo cual era indispensable para oponerse legalmente al registro marcario. El tribunal precisó que el simple depósito del nombre ante la Cámara de Comercio no es suficiente para acreditar titularidad, si no está respaldado por pruebas de uso real en el comercio.

Según el fallo, el nombre “Pacho Galán” corresponde a un seudónimo artístico que identificaba de forma exclusiva al maestro Francisco Galán, compositor, cantante y creador del ritmo “merecumbé”, quien fundó la orquesta que lleva su nombre. Tras su fallecimiento, ese legado cultural y comercial fue transmitido a sus herederos, quienes solicitaron legalmente el registro de la marca en 2008.

El demandante, hijo del fallecido Ali Pérez Camacho —quien fungió como mánager de la orquesta durante varios años—, alegaba tener derechos sobre el nombre por haber continuado con el manejo del grupo musical. Sin embargo, la evidencia recopilada por el Consejo de Estado demostró que su padre nunca fue propietario ni titular del proyecto musical, sino un representante administrativo sin derechos transferidos.

El fallo también cita que las pruebas presentadas por Pérez Chávez, como contratos y certificaciones posteriores a la solicitud del registro marcario en 2008, no son válidas para demostrar uso anterior y continuo del nombre comercial. Además, se reconoció que fue Francisco Galán quien construyó la reputación artística y comercial de su nombre, razón por la cual sus hijos están facultados legalmente para protegerlo como marca registrada.

Con esta decisión, el Consejo de Estado cierra un prolongado proceso judicial que tenía como trasfondo el uso del legado musical de uno de los compositores más representativos del Caribe colombiano. El fallo sienta un precedente clave sobre la protección del nombre artístico y los derechos de los herederos en materia de propiedad intelectual y marcas registradas.