El presidente Gustavo Petro aseguró que el artículo 370 de la Constitución establece que el presidente puede asumir el control de dicha regulación de los servicios públicos y además la vigilancia e inspección de las entidades que prestan los servicios.
Entre tanto, el superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Dagoberto Quiroga, aseguró que «la regulación de los servicios públicos domiciliarios, a la luz de los preceptos superiores, es tan solo una forma de intervención estatal para corregir los errores de un mercado imperfecto».
«El presidente de la República, por orden constitucional, tiene la facultad de generar las políticas generales de administración, de control y de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que son el agua, la luz». Dijo Petro.
Cabe resaltar que, en el pasado, el mandatario ya había pedido, a través de Comisión y Regulación de Energía (CREG), la revisión de las fallas técnicas de energía.
La regulación de los servicios públicos domiciliarios, a la luz de los preceptos superiores, es tan sólo una forma de intervención estatal para corregir los errores de un mercado imperfecto, para preservar la sana y transparente competencia, a fin de lograr una mejor prestación.”
— Dagoberto (@dquirogac) January 27, 2023