Plan de choque para atender contingencia por inconvenientes relacionados con rutas escolares

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• La Secretaría de Educación asignó subsidio de movilidad para aquellos estudiantes que no han podido ser transportados por rutas escolares. Este beneficio aplica desde el inicio de calendario escolar y para ello se desarrollaron reuniones con padres y madres de familia.

• Se redistribuyeron las zonas no operadas entre diferentes transportadores dispuestos a atenderlas conforme a lo previsto en el Acuerdo Marco de Precios de Colombia Compra Eficiente.

• Actualmente 57.753 estudiantes de los colegios oficiales de Bogotá son beneficiarios de las distintas estrategias de movilidad escolar, entre las que se incluyen el servicio de ruta escolar (26.264), el subsidio de transporte (24.301) o modalidades alternativas (7.188). Esto corresponde al 100 % de estudiantes que requieren el beneficio.

Bogotá no solo garantiza una educación pública de calidad, también les ofrece múltiples beneficios y servicios a sus estudiantes con el fin de mitigar fenómenos relacionados con la deserción escolar.

El Programa de Movilidad Escolar (PME) es uno de dichos servicios, que se brinda a niñas, niños y jóvenes que no pueden ser atendidos en un colegio oficial cercano a su lugar de vivienda debido a la falta de cupos escolares en zonas deficitarias de la capital.
De esta manera, las y los estudiantes que viven a una distancia del colegio superior a 2 kilómetros (o 1 kilómetro en caso de las y los niños de menor edad o aquellos que tienen alguna discapacidad) son identificados por parte de la Secretaría de Educación en el momento en el que sus acudientes realizan el proceso de formalización de matrícula, sin necesidad de que las familias deban realizar alguna solicitud.

Actualmente 57.753 estudiantes de los colegios oficiales de Bogotá son beneficiarios de las distintas estrategias de movilidad escolar, entre las que se incluyen el servicio de ruta escolar (26.264), el subsidio de transporte (24.301) o modalidades como Al Colegio en Bici, Ciempiés Caminos Seguros y Biciparceros (7.188). Esto corresponde al 100 % de estudiantes que requieren el servicio.

En cuanto al beneficio de rutas escolares, durante el 2022 este programa ha tenido algunos inconvenientes:

1. En 2021, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 310 de 2021 que obliga a que los municipios y departamentos deban acudir al Acuerdo Marco de Precios para servicios como el transporte escolar.

2. La Secretaría de Educación realizó el trámite presupuestal, contractual y administrativo en noviembre y diciembre de 2021, a través de Agencia de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente (CCE-285-AMP-2020).

3. A inicios del calendario escolar 2022, se presentó una contingencia con dos de los transportadores que habían firmado los contratos y que afectaron cinco zonas en la ciudad. Esto adicional a la escasez de vehículos de transporte especial a nivel nacional.

4. Las dinámicas de traslados por la presencialidad y la entrega de nuevos colegios permitieron la atención educativa cerca del lugar de residencia, pero afectaron el comportamiento regular de matrícula y los beneficiarios rutas escolares.

Así fue el plan para enfrentar la contingencia Para garantizar el servicio de movilidad escolar, la Secretaría de Educación llevó a cabo las siguientes acciones:

1. Se asignó subsidio de movilidad para aquellos estudiantes que no han podido ser transportados por rutas escolares. Este beneficio aplica desde el inicio de calendario escolar y para ello se desarrollaron reuniones con padres y madres de familia en los colegios oficiales con el fin de confirmar los datos para el subsidio.

2. Articulación con la Agencia de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente para revisión de situación con los transportadores.

3. Redistribución de las zonas no operadas entre diferentes transportadores dispuestos a atenderlas conforme a lo previsto en el Acuerdo Marco de Precios de Colombia Compra Eficiente.

4. Nuevo proceso de contratación a través de órdenes de compra en el mes de marzo de 2022.

5. Requerimiento a los transportadores para que dieran cumplimiento a la activación de las rutas. Este proceso incluyó una advertencia por parte interventoría contratada por la SED, advertencia de posible incumplimiento a aseguradoras, advertencia de posible incumplimiento de los transportadores a Colombia Compra Eficiente e inicio proceso de incumplimiento por parte de la SED.

“Nosotros hicimos todo el proceso contractual, presupuestal y administrativo de manera oportuna y adquirimos las rutas escolares por un acuerdo macro de Colombia Compra Eficiente”, explicó la secretaria de Educación, Edna Bonilla.

 

Y agregó: “Entendemos a las familias, siempre escuchamos sus peticiones y quienes no han podido recibir el beneficio de ruta escolar han recibido el subsidio de transporte, que corresponde a una asignación anual de 1’612.800 para estudiantes menores de 14 años y 806.400 pesos para estudiantes mayores de 14 años”.

Actualmente la Secretaría de Educación tiene 1.102 vehículos activos, lo que ha significado un aumento en más del 97% de los estudiantes beneficiados en 2021 y un aumento en más del 10% de los beneficiados en 2020 antes de la pandemia.

Asimismo, al realizar una comparación entre las vigencias 2021 y 2022, se ha presentado un aumento de aproximadamente un 93% de beneficiarios de las diversas estrategias de movilidad escolar, pasando de 29.949 estudiantes en recorridos casa-colegio-casa en 2021 a 57.753 estudiantes en 2022. De igual forma, en comparación con 2020, antes de la pandemia, se pasó de 40.348 beneficiarios en 2020 a 57.753 en 2022, un aumento del 43%.

A los estudiantes que tuvieron inconvenientes con el servicio de ruta escolar producto de algunas dificultades con los transportadores, la Secretaría de Educación les asignó el inicio del calendario escolar el respectivo subsidio de movilidad escolar, que cubre desde el inicio del calendario escolar y mientras se superaba dicha contingencia.

El subsidio de transporte escolar corresponde a una asignación anual cercana a los $1.612.800 (subsidio doble) para los estudiantes menores de 14 años y $806.400 (subsidio sencillo) para los mayores de 14 años. Este beneficio es proporcional a los respectivos días de asistencia de los estudiantes.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a estos beneficios?

La asignación de beneficio de movilidad escolar se hará anualmente para la respectiva vigencia escolar, siempre y cuando el estudiante cumpla con los siguientes requisitos establecidos y de acuerdo con el análisis sobre viabilidad:
1-Estar matriculado en un colegio oficial para el calendario escolar 2022 y tener los datos actualizados.
2-Vivir en Bogotá.
3-Vivir en una UPZ que tenga déficit de cupos escolares para el grado que cursa o habitar en las zonas rurales de la ciudad.
4-Hacer parte de la jornada diurna. En la jornada nocturna de los colegios urbanos solo podrán acceder al beneficio de subsidio de transporte los estudiantes con discapacidad. En el caso de los estudiantes de la localidad de Sumapaz y zonas rurales sí podrán acceder a rutas escolares en todas las jornadas: diurnas, nocturnas y fines de semana.
5-Ser estudiante de un colegio con matrícula oficial, desde grado jardín hasta grado 11°, incluidos aquellos en procesos de aceleración del aprendizaje.
6-Ser menor de 19 años, con excepción de estudiantes con discapacidad.
7-Distancia: que el lugar de vivienda se encuentre a más de 1 kilómetro de recorrido peatonal del colegio para estudiantes de preescolar (prejardín, jardín y transición) y aquellos con discapacidad. Para los estudiantes de los grados de primero de primaria en adelante, la distancia debe ser mayor a 2 kilómetros de recorrido peatonal.
Luego de verificar el cumplimiento de estos requisitos mínimos, la Secretaría de Educación asigna el beneficio a los estudiantes que cumplen alguno de los criterios de asignación directa o que son priorizados por el Índice de Asignación del Beneficio de Movilidad Escolar.

Criterios de asignación directa:

1-Estudiantes con discapacidad.
2-Estudiantes cuya vida o integridad personal estén en riesgo inminente.
3-Estudiantes antiguos en el sistema de movilidad escolar.
4-Estudiantes incluidos en convenios de continuidad escolar.
5-Población desescolarizada (identificada a través de las estrategias de búsqueda activa y movilización social).

6-Estudiantes víctimas del conflicto identificados en el Registro Único de Víctimas (RUV).
7-Estudiantes matriculados en los grados prejardín, jardín y transición en colegios oficiales.
8-Estudiantes que pertenecen a hogares clasificados en SISBEN IV en los grupos A, B o C1 a C5.
9-Estudiantes que pertenecen a hogares con un puntaje SISBEN III inferior a 30,56.

Criterios de asignación complementarios
Para los estudiantes que cumplen los siete requisitos mínimos de asignación, pero NO cumplen con alguna de las condiciones de asignación directa, se hace un cálculo de acuerdo con el análisis de vulnerabilidad realizado a partir del Índice de Asignación del Beneficio de Movilidad Escolar (IABME).

Este índice permite priorizar las solicitudes de los estudiantes y se calcula teniendo en cuenta la condición socioeconómica según la clasificación de SISBEN IV del hogar del estudiante y la distancia de la vivienda al colegio.

La Secretaría de Educación asignará el beneficio a los que obtengan los mayores puntajes en este indicador.