En el documento, el ente de control indicó que dichos establecimientos no podrán prestar estos servicios hasta que la Alcaldía Mayor de Cartagena determine la procedencia o no del cierre de los establecimientos dicha actividad.
De igual manera, los propietarios deberán cancelar las reservar y así mismo garantizar la devolución del dinero pagado por los servicios contratados dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación de la orden administrativa y prohibir la promoción, comercialización, reserva y prestación de estos servicios de hospedaje que no están en normal en lo que se incluye retirar los anuncios publicitarios que hayan emitido o utilicen para ofrecer el servicio de hospedaje.
De acuerdo con la entidad, el incumplimiento de dicha puede acarrear multas sucesivas de hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, alrededor de $980 millones.
El cumplimiento de las órdenes deberá acreditarse ante la Superindustria dentro de los cinco (5) siguientes a la publicación del acto administrativo, aportando soportes documentales que permitan advertir su acatamiento.
Finalmente, hizo un llamado a la Policía de Turismo y a la Dirección General Marítima (DIMAR) para que, de acuerdo a sus competencias, verifiquen el cumplimiento de las órdenes impartidas e informen el resultado de la verificación a la Superindustria.