¿Está muy endeudado? Conozca la ‘Ley de insolvencia’

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En noviembre del año 2019, los colombianos le adeudaban a los bancos alrededor de $23 billones de pesos, siendo la mayor parte de esa deuda del sector comercial que asciende a $11,8 billones de pesos, seguido de las deudas por consumo que tienen un valor de $7,8 billones de pesos, y la menor los créditos para vivienda que significan $2,5 billones de pesos.

Si usted es un deudor y le surgió alguna situación sobreviniente como pérdida del empleo o una enfermedad, y ésta no le permite pagar su deuda, la ley colombiana le ofrece una salida que es someterse a la ley de insolvencia económica para personas naturales.

Se entiende como insolvencia, la situación económica la cual no le permite a un sujeto cumplir con sus obligaciones financieras adquiridas. Estos sujetos pueden ser personas naturales no comerciantes o personas jurídicas. La insolvencia es motivada por un sobreendeudamiento que deriva en una “cesación de pagos” haciendo que la persona no pueda cumplir con el pago de las deudas pasadas, presentes y futuras.

Para resolver esta situación la ley colombiana incorporo la figura de “insolvencia de persona natural no comerciante”, la cual permite a los colombianos negociar sus deudas según su situación económica actual, basado en los siguientes requisitos: ser persona natural no comerciante, tener procesos ejecutivos o coactivos en vigor y no haber pagado más de dos deudas en 90 días, lo que se conoce también como cesación de pagos.

Si usted cumple con los requisitos anteriormente mencionados y desea tramitar la insolvencia, deber acercarse a un centro de conciliación o notaria, estos tienen el aval y vigilancia del Ministerio de Justicia y del Interior para llevar el proceso a cabo.