La Sección Primera del Consejo de Estado aceptó la tutela interpuesta por Humberto de la Calle abogado defensor de Antanas Mockus quien fue inhabilitado de su cargo en el congreso por unos contratos que firmó Corpovisionariso, antes de las elecciones al Senado.
El Consejo de Estado falló a favor de Mockus alegando que se le vulneraron los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, porque no se tuvo en cuenta el fallo de primera instancia que se había emitido respecto a mantener la investidura del senador, por considerar que dichos contratos no lo inhabilitaban al no estar encargado de firmar ese tipo de convenidos.
“Cuando una misma conducta haya dado lugar a una acción electoral y a una pérdida de investidura de forma simultánea, el primer fallo hará tránsito a cosa juzgada sobre el otro proceso en todos los aspectos juzgados, excepto en relación con la culpabilidad del Congresista, cuyo juicio es exclusivo de pérdida de investidura”, dicta el fallo del Consejo.
La Sección Primera enfatizó en que la ley 1881 de 2018 estableció que las dos decisiones –tanto de pérdida de investidura como de nulidad de elección– “deben ser congruentes, frente a la verificación de la inhabilidad “por razones de seguridad jurídica, igualdad, confianza jurídica y justicia material”.
El plazo para impugnar la decisión del Consejo es de 10 días, de lo contrario el expediente se le enviará a la Corte Constitucional para que defina si revisa o no la tutela.