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Colpensiones advierte cambios en aportes a la salud y pensión

Desde el próximo mes los topes pasarían de 25 a 45 SMMLV.

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Actualmente el tope o monto máximo de la base de aportes a la seguridad social corresponde a los 25 salarios mínimos mensuales, así fue sancionado el artículo 18 de la ley 100 de 1993, modificado por la ley 797 del 2003.

Sin embargo, el Ministerio del trabajo liderado por Ángel Custodio Cabrera cumplió la orden que el Consejo de Estado le dio al Gobierno Nacional y ya preparó la modificación para que este tope máximo aumente hasta los 45 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Hasta el momento solo se ha dado a conocer el borrador de esta modificación para los comentarios, pues el decreto empezaría a funcionar desde abril del presente año, cambiando así este monto, donde la base para aportar a salud y pensión no podrá exceder los 45 SMMLV.

Según el decreto del Ministerio del trabajo, esto será para “garantizar en este último sistema, pensiones hasta de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Según Irene Duarte, asociada de Godoy Córdoba, estas modificaciones abruptas puede ser un riesgo para Colpensiones ya que “quienes actualmente aportan sobre 25 salarios mínimos no reciben una mesada pensional por ese monto”. “Puede generar graves afectaciones al déficit financiero del Estado y a la sostenibilidad del sistema de pensiones, particularmente para la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)“.