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Colombia oficializa el inicio de vacunación de personal de salud en la etapa 2

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El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 303 del 6 de marzo, oficializó el inicio de la segunda etapa del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19 en el país para el talento humano en salud.

Además, se incluye a los profesionales de salud que presenten servicios en regímenes especiales y de excepción, residentes, estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud que en el momento se encuentren haciendo práctica en un prestador de servicios de salud.

De acuerdo con el Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Luis Alexander Moscoso, esta etapa le permitirá al país ir avanzando gradualmente en la inmunización de mayor población que sigue siendo vulnerable frente al virus.

“Como lo planteamos desde el principio, el Plan se hizo por fases y etapas para inmunizar a la población de acuerdo con su nivel de riesgo y así lo mantendremos, para ir aumentando de forma progresiva el ritmo de vacunación y llegar a más población”, manifestó Moscoso.

Vale mencionar que la Resolución establece que quienes no se hayan podido vacunar en su etapa, podrán ser agendados para recibir la vacuna en la etapa 2 del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19.

El viceministro les recordó a los profesionales que la IPS en la que laboran son las encargadas de cargar la información en la plataforma PISIS, pero, en caso de que no estén priorizados, podrán postularse a través de Mi Vacuna.

Quiénes hacen parte de la etapa 2 de vacunación

Según el Decreto 109 de 2021, en la etapa dos, el Gobierno vacunará de forma progresiva a los habitantes del territorio nacional que tienen un riesgo alto de presentar un cuadro grave y de morir por Covid-19 y al talento humano que desarrolla su actividad principal en los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad y en los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que, por el desarrollo de las mismas, tienen una exposición alta al virus.

«Se vacunará específicamente a la población entre los 60 y los 79 años de edad, todo el talento humano; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia – servicios y médicos internos de todos los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad que desarrollen sus actividades en cualquiera de los servicios brindados por los prestadores de servicios de salud y que no se encuentren clasificados en la etapa, talento humano en salud de los servicios de salud que se presten intramuralmente en los establecimientos carcelarios y penitenciarios que les aplique el modelo de atención en salud definido en la Ley 1709 de 2014, talento humano en salud de las entidades que presten servicios de salud pertenecientes alas regímenes especiales y de excepción y los médicos tradicionales, sabedores ancestrales y promotores comunitarios en salud propia», se lee en el decreto.