Dentro de las medidas y órdenes impartidas por la Corte Suprema de Justicia al Gobierno, en el histórico fallo que busca garantizar el derecho a la protesta pacífica ciudadana, se detalla una indicación que, por su alcance, constituye un cambio muy importante en el accionar operativo del Esmad: ahora será la Defensoría del Pueblo la entidad encargada de hacer un «control estricto, fuerte e intenso de toda actuación» de esa fuerza antidisturbios.
Dice el fallo, en el octavo punto de la resolución del fallo, que estas tareas a las que se encargará ahora la Defensoría del Pueblo, estarán vigentes «hasta tanto se constate que el ESMAD está en capacidad de hacer un uso moderado de la fuerza y de garantizar y respetar los derechos y las libertades de las personas que intervengan o no en protestas».